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FGE emite protocolo de actuación con perspectiva de género para investigación de feminicidio

Bol.0549

  • Se privilegian derecho de víctimas
  • Reconocimiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación

A fin de reforzar las acciones de atención del delito de feminicidio en la entidad, el Fiscal General Uriel Carmona Gándara emitió el Acuerdo 07/2020 por el que se emite el protocolo de actuación con perspectiva de género para la investigación del delito de feminicidio, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad.

La finalidad es contar con un protocolo que incorpore acciones estandarizadas con perspectiva de género, enfoque diferencial y de derechos humanos, aplicables a todas las autoridades que intervienen para la atención y acreditación de la adecuada investigación del feminicidio y las razones de género contenidas en el Código Penal para el Estado de Morelos.

Lo anterior, aplicando criterios reconocidos en los estándares internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, al tiempo de establecer diligencias específicas para la investigación de la muerte violenta de mujeres y lograr el esclarecimiento de los hechos, garantizando a las víctimas a una investigación eficiente.

Dando cumplimiento a los ordenamientos legales que establecen la obligación de la Fiscalía General del Estado de Morelos, para elaborar y aplicar protocolos especializados con perspectiva de género, el titular de la institución Uriel Carmona Gándara, emitió el acuerdo que emite dichos protocolos aplicables a todas las autoridades que intervienen y garantizando el reconocimiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación.

Dicho instrumento normativo fue elaborado con la colaboración del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) a través de sus representantes en la Entidad, con la Coordinación General de Servicios Periciales, la Coordinación General de la Policía de Investigación Criminal y la Fiscalía Especializada para la investigación y persecución del delito de Feminicidio de esta Fiscalía General.

Se considera muerte violenta aquella ocasionada por causas no naturales, incluidas aquellas que parecerían haber sido causadas por motivos criminales, suicidio y algunos accidentes. Debiendo aplicar el protocolo a todas las mujeres, incluyendo a las mujeres trans, travestis, transexuales y transgénero.

Dicho protocolo será aplicable en la investigación de los casos en los que la violencia ejercida no privó de la vida a la víctima, pero fue ocasionada en un contexto de discriminación y violencia.

De las investigaciones realizadas con metodología específica, se deberá acreditar las razones de género de tipo penal contempladas en el Código Penal para el Estado de Morelos que establecen el feminicidio como son:

1.- Hay o se haya dado, entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo, cualquier otra relación de hecho.

2.- Hay o se haya dado, entre el activo y la víctima una relación laboral, docente, o cualquier otro que implique confianza, subordinación o superioridad.

3.- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

4.- A la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previa o posterior a la privación de la vida.

5.- Consten antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

6.- El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público

7.- La víctima haya sido incomunicada.

El acuerdo por el que se emite el protocolo de actuación con perspectiva de género para la investigación del delito de feminicidio, establece la operación de la Unidad de Análisis y Contexto, como parte de la metodología para estudiar diversos casos de violaciones graves a derechos humanos desde un enfoque jurídico y político, los cuales responden, a la realidad en que los hechos ocurrieron.

la Unidad de Análisis y Contexto es una herramienta útil y de superior importancia en la investigación de los casos de feminicidios, sobre todo en aquellos ocurridos por desconocidos, los que ocurren en el ámbito comunitario o en los que se presenten características o existan indicios que fueron cometidos por personas o grupos relacionados con el crimen y estará conformado por profesionistas en: sociología, psicología, antropología, criminología, estadística, derecho, geografía y entre otros.

Parte importante es el reconocimiento de las víctimas directas, indirectas y potenciales, estableciendo que cuando la investigación se trate de tentativa de feminicidio, se le reconocerá a la víctima, la calidad de víctima directa, estableciendo distintas medidas de apoyo y protección

A fin de evaluar y dar seguimiento del procedimiento de investigación ministerial, policial y pericial en casos de muertes violentas de mujeres, se conforma un comité de evaluación, cuya función principal será el conocer los obstáculos para la implementación del protocolo en los casos de muertes violentas de mujeres y tentativa de feminicidio.

El acuerdo puede ser consultable a través del Periódico Oficial “Tierra y Libertad” en su número 5824 publicado el miércoles 20 de mayo, o a través de la página de la Fiscalía General del Estado de Morelos en https://fiscaliamorelos.gob.mx/marco-juridico/acuerdos/

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