Bol.1132
- Persiste la prisión preventiva como medida cautelar
- La víctima, una menor de ocho años de edad
Derivado de las pruebas aportadas por el Ministerio Público de la Fiscalía Regional Oriente durante el desarrollo de la audiencia inicial, se obtuvo de un Juez de Control la vinculación a proceso en contra de Jaime Federico “N” por presuntamente abusar sexualmente en diversas ocasiones de la hija menor de su pareja sentimental.
Los hechos se registraron del mes de abril al día 5 de mayo de la presente anualidad, en el domicilio ubicado en la colonia Gabriel Tepepa del municipio de Cuautla donde la menor de 8 años de edad vivía con su madre y el hoy imputado quien era la pareja sentimental de la mujer.
El hombre aprovechaba los momentos en que se encontraba a solas con la menor para despojarla de prendas de vestir y realizarle tocamientos en el cuerpo, lo que generó a la niña daño psicológico.
Derivado de lo anterior la menor solicitó a su padre vivir con él, por lo que al notar la madrastra los cambios de actitud de la niña, ésta le comentó las agresiones que sufría por parte de Jaime Federico “N”, por lo que de inmediato acudió ante el Ministerio Público de la región oriente a presentar la denuncia correspondiente en representación de la menor de edad, recabándose las periciales necesarias para la integración de la carpeta de investigación, y obtenerse de la autoridad judicial una orden de aprehensión en contra del presunto agresor.
Personal de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) cumplimentaron el mandato realizando la detención de Jaime Federico “N” en la colonia Gabriel Tepepa del municipio de Cuautla e ingresado a la cárcel distrital del mismo municipio.
Al ser presentado ante la autoridad requirente se celebró la audiencia inicial en la que la Unidad Especializada en Delitos Sexuales aportó elementos de prueba necesarios que acreditaron la presunta responsabilidad del masculino, formulándose en su contra imputación, lo que derivó en la vinculación a proceso por el delito de abuso sexual agravado en concurso real homogéneo, imponiéndose la prisión preventiva como medida cautelar, al tiempo de concederse a la representación social el plazo de dos meses para el cierre de investigación complementaria.